
A través de un decreto publicado este viernes en el Boletín Oficial, el Gobierno amplió la lista de actividades que podrán desarrollarse durante la cuarentena total que rige en el país hasta el 12 de abril por el avance del coronavirus.Algunas apuntan a aliviar el impacto en la actividad económica.
A los 24 rubros iniciales que incluía la normativa presidencial, el 20 de marzo ya se habían agregado otras 10 actividades.
Las nuevas actividades exceptuadas
- Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
- Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
- Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
- Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
- Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear.
- Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
- Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.
- Inscripción, identificación y documentación de personas.